CONVENIO DE DESCUENTOS E INGRESO DIFERENCIADO ENTRE IACC S.A. Y AJUNJI
OBJETO GENERAL
Con el propósito de ampliar las oportunidades de acceso a la educación superior y en consonancia con los objetivos compartidos de fortalecer la formación de profesionales, ambas instituciones suscriben este convenio marco que establece los beneficios y descuentos aplicables.
OBJETO ESPECÍFICO
Conforme a lo anterior y a través del presente convenio, el Instituto Profesional IACC y AJUNJI, acuerdan que este documento tiene por objeto favorecer a los afiliados de AJUNJI y a su núcleo familiar compuesto por su cónyuge, descendientes, madres y padres. Los beneficiarios del podrán participar a través del convenio de:
- Ingreso Diferenciado a Carreras Profesionales y Técnicas de Educación;
- Descuentos en programas de continuidad de estudios en carreras de pregrado y diplomados;
- Descuentos en aranceles de carreras y programas de diplomados.
En las alternativas anteriores, se consideran todas las modalidades vigentes al momento de hacer efectivo el convenio por parte de algún funcionario de AJUNJI y/o integrante de su núcleo familiar. Lo previamente indicado, sin perjuicio de explorar de común acuerdo otras alternativas académicas que surjan durante la vigencia del presente instrumento.
PROCEDIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE APRENDIZAJES PREVIOS (RAP) PARA INGRESO DIFERENCIADO
Por medio del presente convenio, las partes acuerdan dar a los funcionarios de AJUNJI la posibilidad estudiar en el Instituto Profesional IACC por medio del Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP) establecido en el Procedimiento de Postulación al Reconocimiento de Aprendizajes Previos del Instituto Profesional IACC.
Lo anterior, será aplicable sólo para aquellos programas que cuenten con dicha posibilidad vigente en el Instituto Profesional IACC, al momento de matricularse el respectivo beneficiario.
Los funcionarios de AJUNJI y su núcleo familiar pueden acceder a los programas que ofrece IACC al momento de matricularse, en los términos que se explican más adelante, siendo requisito necesario y suficiente, que el funcionario exhiba un documento identificatorio emitido por la AJUNJI.
Para efectos de acreditación del núcleo familiar del funcionario, se requerirá un certificado de matrimonio, de convivencia civil o certificado de nacimiento y/o de cargas familiares de la persona a la cual se le extiende el beneficio.
El proceso de continuidad de estudios a efectuar por el Instituto Profesional IACC, dependerá de las siguientes reglas:
- La continuidad será posible, siempre y cuando exista oferta de la carrera de continuidad de estudios en el Instituto Profesional IACC.
- La continuidad está considerada para ser ejecutada en cualquier inicio académico a lo largo del año.
DESCUENTOS
En el marco de este convenio, las partes acuerdan otorgar beneficios especiales a los funcionarios de AJUNJI y a su núcleo familiar. Estos beneficios consisten en descuentos en los programas de estudios ofrecidos por IACC que se detallan a continuación:
- TNS en Educación Diferencial
- TNS en Administración Pública
- TNS en Educación Parvularia.
Los descuentos y beneficios acordados son:
- 30% de descuento en las carreras mencionadas, siempre que se alcance un cuórum mínimo de 25 personas inscritas (en caso de curso cerrado).
- 20% de descuento en las carreras mencionadas anteriormente si no se cumple con el cuórum mínimo de 25 personas (matrícula individual)
LIMITACIÓN Y RENOVACIÓN DE DESCUENTOS ESPECIALES DE ADMISIÓN
Los descuentos indicados en la cláusula anterior solo serán aplicables para “alumnos nuevos”, es decir aquellos que se matriculen por primera vez de una carrera técnica, profesional o diplomado, impartida por el Instituto Profesional IACC. Esta definición de “alumno nuevo” se extenderá también para aquellas personas que, habiendo cursado previamente un programa académico en IACC, se matriculen por primera vez en un programa distinto.
Además, se establecen los siguientes límites:
- Acumulación de Descuentos:
- Los descuentos otorgados por el Instituto Profesional IACC en virtud de este convenio, serán compatibles y acumulables con los beneficios financieros para el postulante, asociados al medio de pago por el cual éste opte pagar el arancel anual, y no a otros beneficios contemplados en la Directriz de Becas y Beneficios, de acuerdo con las políticas del Instituto Profesional IACC que serán debidamente informadas por el área de Admisión del Instituto.
- Se deja constancia que los descuentos anteriormente señalados no son compatibles ni acumulables con otras becas de índole académica conferidas por el Instituto Profesional IACC.
- La suma total de los descuentos especiales de admisión otorgados a un postulante no podrá exceder el 50% del costo total de la matrícula y aranceles.
- Renovación de Descuentos:
- El estudiante que se haya matriculado cumpliendo los requisitos del presente convenio, y que adicionalmente cumpla con las condiciones establecidas en este numeral, mantendrá el descuento de arancel anual durante todos los años que dure la carrera, sin perjuicio de que pierda la calidad de “beneficiario” en los términos definidos en el presente convenio.
- Para renovar los descuentos especiales, los estudiantes deberán haber aprobado, al menos, el 70% de las asignaturas anuales correspondientes a su programa académico.
- Los descuentos no serán aplicables a la contratación de asignaturas adicionales por sobre las establecidas en su malla curricular.
- El estudiante no podrá solicitar la aplicación de un convenio distinto al establecido en este documento al momento de firmar un nuevo contrato anual del mismo programa académico impartido por el Instituto Profesional IACC.
- La renovación de los descuentos siempre estará sujeta al cumplimiento de los requisitos académicos y administrativos por parte de IACC.
ADMINISTRADORES DE CONVENIO
Por este acto, AJUNJI designa como administrador(a) del presente convenio a Romina Nazaret Albarrán Bruna quien, para los efectos legales derivados del mismo, se entenderá como representante autorizado de éste. Los datos del administrador del convenio son los siguientes:
- Teléfonos 990571366
- E-mail : nalbarranbruna@gmail.com
En tanto, IACC designa como administrador del presente convenio a Paz Magaly Lorca Peña quien, para los efectos legales derivados del mismo, se entenderá como representante autorizado de IACC. Los datos del encargado de este último son los siguientes:
- Teléfono : +56226066076
- E-mail : paz.lorca@iacc.cl
Toda coordinación para la ejecución del convenio será efectuada exclusivamente a través de los respectivos administradores del convenio.